actas iva y sociedades

20 Mar actas iva y sociedades

Se tambalean los fundamentos de miles de actas y  sanciones por IVA y Sociedades

Actas  IVA y Sociedades;

A raíz de la sentencia 3451 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, surge una nueva interpretación legal que viene a contradecir algunas de las prácticas que habitualmente realiza la Inspección de  Tributos. En concreto cuando detectan facturas no declaradas.  Y esto aplica  tanto actas de  IVA como de Sociedades.

Esta nueva interpretación, fundamentada en Sentencias del Tribunal Europeo de Justicia, viene a decir que en los casos de ventas no declaradas, si  se acordó un precio sin referencia explicita del IVA,  éste, es decir lo cobrado, incluye el impuesto en aquellos casos en que el vendedor no pueda recuperar ese importe con cargo al comprador.  La razón básica es que el IVA es un impuesto que grava al consumidor,  y de exigirse el pago al vendedor sin que éste pueda cobrarlo del comprador,  estaríamos desnaturalizando un concepto básico del propio impuesto como es el  sujeto pasivo que debe soportar la carga fiscal. Esto es muy relevante tanto para las actas de IVA como para las de Sociedades.

De este modo y según los casos,  si la Inspección detecta ventas no declaradas por valor de 100 debe interpretar que ese precio cobrado incluye el IVA de la operación. Es decir, para el caso del 21% la base de la operación serían 82,64 y el IVA 17,36. Lo cual implica una gran diferencia al calcular las cuotas defraudadas, las sanciones y los intereses, pues se venía considerando que la base imponible eran los 100, y la cuota de IVA 21.

Todo ello afecta sin duda a los cálculos de las cuotas defraudadas tanto en IVA como en Sociedades (actas), pero también a la base del cálculo de las sanciones y  a los intereses. Incluso, hay muchos casos que podrían  dejar de considerarse delito fiscal por quedar rebajadas las cuotas defraudadas por debajo de los 120.000€

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